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A la atención de su excelentísimo. Sr/Sra. Alcalde/Alcaldesa
Debido al gran incremento de solicitudes de recogida de animales abandonados que estamos recibiendo de los ayuntamientos vecinos a nuestro municipio y teniendo en cuenta que nuestras instalaciones son municipales y gestionadas por nuestra asociación sin ánimo de lucro nos vemos obligados a tomar la decisión de estipular unas tasas de costes para la recogida, tratamiento y manutención de los animales abandonados o extraviados que sean acogidos en nuestro centro provenientes de su municipio y bajo petición municipal. A continuación detallamos las condiciones y la ley de aplicación correspondiente y esperamos su pronta respuesta y aceptación de las mismas…
De conformidad con el artículo 11 de la Ley 1/93 de protección de los animales domésticos, los Ayuntamientos recogerán a los animales abandonados y los retendrán hasta que sean reclamados, acogidos o sacrificados (apdo 1).
Si el animal no está identificado, se retendrá por un plazo de veinte días, transcurrido el cual los centros de recogida podrán darle el destino más conveniente y sólo en último término, el sacrificio. Es por ello que los perros y/o gatos entregados en el Refugio de Animales de Cambados, provenientes de otros ayuntamientos y que no sean reclamados por su propietario o que no estén identificados, serán esterilizados, vacunados, desparasitados y se les instalará el preceptivo microchip en los términos previstos en la legislación. En estos casos, si el perro o gato está identificado, se reclamarán estos gastos a su propietario. Si el perro o gato no está identificado, los gastos de esterilización, vacunación, desparasitación y colocación del microchip se reclamarán al ayuntamiento del que proviene el animal y ascenderán a la cuantía de 120€ por animal y en caso de que el animal este debidamente identificado su propietario deberá de abonar la cantidad de 5€ diarios por alojamiento y manutención por animal y 30€ en el caso de que la recogida fuese realizada por el refugio.
Recordemos que los sacrificios no legales y sin los tiempos reglamentarios de espera por si aparece su propietario son penadas por la ley, así como el soterramiento de los mismos.
Aprovechamos la ocasión para saludarle atentamente.
En cambados a 10 de noviembre de 20011
Fdo.- Olga Costa Bea
Presidenta Refugio de Cambados
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